Distintivo ambiental ECO

Información sobre la información contenida en la etiqueta y los vehículos que tienen derecho a su obtención.

Fecha actualización: 10 febrero 2022

Desglose de la etiqueta:

Etiqueta ambiental ECO

  1. Nivel de emisiones EURO del vehículo.
  2. Código QR con la siguiente información:
    • Año de matriculación
    • Marca y modelo
    • Combustible
    • Categoría y autonomía eléctrica
    • Nivel emisiones EURO
    • Potencial fiscal
  3. Número de etiqueta y código de barras.
  4. Número de matrícula y fuente de energía empleada por el vehículo:
    • PHEV (Plug in Hybrid Electric Vehicle): Vehículo híbrido enchufable con una autonomía mínima en modo exclusivo eléctrico de 40 km.
    • HEV (Hybrid Electric Vehicle): Vehículo híbrido no enchufable.
    • Vehículo con combustible GLP.
    • Vehículo con combustible GNC o GNL.

Tendrán derecho a la obtención del distintivo ambiental ECO:

Turismos y comerciales ligeros

Cuando estén clasificados en el Registro de Vehículos clasificados dentro de alguna de las siguientes categorías:

  • Vehículos híbridos enchufables con autonomía <40km.
  • Vehículos híbridos no enchufables (HEV).
  • Vehículos propulsados por gas natural.
  • Vehículos propulsados por gas natural comprimido (GNC) o gas licuado del petróleo (GLP).
  • En todo caso, además, deberán cumplir en función del combustible que usen:
    • Vehículos gasolina: Nivel de emisiones EURO 4/IV, 5/V o 6/VI.
    • Vehículos diésel: Nivel de emisiones EURO 6/VI.

Vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías

Cuando estén clasificados en el Registro de Vehículos clasificados dentro de alguna de las siguientes categorías:

  • Híbridos enchufables con autonomía <40km.
  • Híbridos no enchufables (HEV), propulsados por gas natural comprimido (GNC), gas natural licuado (GNL) o gas licuado del petróleo (GLP).
  • En todo caso, indistintamente del tipo de combustible utilizado, deberán cumplir además que el nivel de emisiones del vehículos sea EURO 6/VI.

Vehículos ligeros (categoría L)

Cuando estén clasificados en el Registro de Vehículos clasificados dentro de alguna de las siguientes categorías:

  • Vehículos híbridos enchufables (PHEV) con autonomía <40Km.
  • Vehículos híbridos no enchufables (HEV)

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