Envío de notificaciones a través de la DEV (Dirección Electrónica Vial)

Las comunidades autónomas, ayuntamientos, cabildos, u otras entidades con potestad sancionadora o de otra naturaleza relacionada con Tráfico y Seguridad Vial pueden usar la Dirección Electrónica Vial (DEV) para enviar sus notificaciones a los interesados. Tráfico pone a disposición su plataforma de notificaciones electrónicas accesible en su sede electrónica.

  • La Dirección Electrónica Vial (DEV) es un canal de comunicación de notificaciones alternativo al correo postal. Cualquier ciudadano o empresa que desee ser notificado a través de la Dirección Electrónica Vial, puede solicitarlo de manera gratuita y a partir de ese momento éste deberá ser el canal prioritario de notificación.
  • La Dirección Electrónica Vial (DEV) cumple con la normativa vigente en materia de notificaciones electrónicas, considerándose como una dirección electrónica habilitada a estos efectos.  La práctica de la notificación a través de la DEV, cumple igualmente con dicha normativa.
  • Las comunidades autónomas de País Vasco, Cataluña y Navarra, que disponen de competencias en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor, podrán sustituir las notificaciones en la Dirección Electrónica Vial por notificaciones a través de sus propias plataformas informáticas, para aquellos ciudadanos que opten por las mismas. Las administraciones locales pertenecientes a estas comunidades autónomas podrán suscribir convenios de colaboración para efectuar las notificaciones telemáticas a través de las plataformas de notificaciones de la comunidad autónoma correspondiente, o usar la plataforma de notificaciones de Tráfico.

En este apartado te informamos de todo lo que necesitas para integrar las notificaciones de tu entidad en nuestra plataforma de notificaciones electrónicas.

Este servicio va dirigido a comunidades autónomas, ayuntamientos, cabildos, diputaciones u otras entidades con potestad sancionadora o de otra naturaleza relacionada con Tráfico y Seguridad Vial ayuntamientos con potestad sancionadora en materia de tráfico.

Como establece la normativa de Tráfico, las administraciones locales deberán practicar las notificaciones en la DEV antes del 25 de mayo de 2016, siempre que lo permitan sus disponibilidades presupuestarias y sus medios técnicos.

En la DEV (Dirección Electrónica Vial) se publican las notificaciones de materias relacionadas con Tráfico, sanciones, movilidad, seguridad vial, o de cualquier comunicación relacionada con autorizaciones administrativas competencias de la Dirección General de Tráfico y de otras administraciones con estas competencias. 

  • Desde la misma plataforma de notificación se informa de los procedimientos por los cuales se notifica a través de la DEV.
  • La DEV y la plataforma de notificaciones están accesible para los ciudadanos y empresas registrados las 24 horas del día.

Lo primero que reciben los usuarios a los que se les notifica por la DEV es un aviso por correo electrónico de que dispone de una notificación pendiente.

Las notificaciones se pueden poner a disposición por varias o canales, y la lectura por cualquiera de ellos queda registrada en nuestros sistemas:

  • A través de la plataforma de notificaciones de la DEV, accediendo a través de la sede electrónica de Tráfico. También son accesibles por comparecencia en esta sede en la zona de Mi DGT.
  • En las plataformas de notificaciones de las administraciones con competencias, como es el caso de País Vasco, Cataluña y Navarra.
  • En Carpeta del Ciudadano.

Además de la DGT, pueden realizar notificaciones a través de la DEV otros organismos competentes en materia de tráfico como el Servicio Catalán de Tráfico, de la Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco, de la Dirección General de Tráfico (DGT) y de los ayuntamientos que se vayan incorporando al sistema. Puedes consultar los organismos emisores integrados en la DEV.

La integración con integración de DEV (Dirección Electrónica Vial) se realiza a través de Web Services específicos que la DGT expone a las entidades públicas que lo soliciten. Para proceder con la integración con DEV (Dirección Electrónica Vial), se deben cumplimentar las plantillas que se facilitan con el Welcome Pack. Dicho Welcome Pack puede descargarlo en esta misma página en el apartado "Más Información" y en ellos encontrará un documento con las preguntas más frecuentes, documentación técnica para el uso e integración y las plantillas a rellenar para solicitar el alta.

Una vez cumplimentadas las plantillas deberán ser remitidas a la Jefatura u Oficina de Tráfico más próxima, donde personal técnico especializado tramitará las solicitudes y le dará soporte durante el proceso de integración.

Con las plantillas Tráfico procederá a realizar las siguientes labores:

  • Dar los permisos necesarios para se permita establecer la comunicación entre el emisor y las máquinas de DGT donde se encuentran desplegados los Servicios Web o el Portal de Emisores; esta comunicación se realizará a través de la Red SARA o de una línea punto a punto entre ambos.
  • Actualizar el Sistema para permitir las operaciones solicitadas en DEV – Dirección Electrónica Vial para el uso de los Servicios Web.

Una vez realizadas las labores anteriores, la DGT remitirá al emisor la información necesaria para el acceso a los Servicios Web a través del personal técnico especializado de la Jefatura u Oficina de Tráfico correspondiente y podrá comenzar a realizar las pruebas. Ten en cuenta que:

  • Será necesario tener instalado en el repositorio de confianza del servidor usado en la integración la clave pública actualizada de nuestros certificados electrónicos de nuestros dominios TRAFICO o SEDE según corresponda.
  • En el caso de Diputaciones provinciales, que denominamos supraemisores, se realiza una gestión multientidad para admitir notificaciones de múltiples municipios o emisores.
  • Se establecen requisitos adicionales para empresas tecnológicas que realicen las integraciones en nombre de los emisores o supraemisores.

En el caso de incidencia o necesidad de soporte, debes contactar a través del Formulario de Peticiones e Incidencias de la DGT. Este formulario es exclusivo para empresas colaboradoras y administraciones que estén integradas o se quieran integrar con este servicio.

  • Apertura de una incidencia o consulta: Para abrir una nueva incidencia o consulta para DEV, se deberá cumplimentar y enviar el Formulario de Gestión de Peticiones e Incidencias:
    • Para acceder al formulario deberás autenticarte previamente usando tu certificado digital, DNI electrónico o credenciales de Cl@ve.
    • Se aconseja rellenar todos los campos del mismo, incluidos los no obligatorios.
    • En el campo “Categoría” se seleccionará la opción “Administración Electrónica” y en “Subcategoría”, la opción “(NTRA) Notificaciones Electrónicas”.
    • Es importante explicar de forma clara y legible la descripción de la necesidad para la incidencia/petición en el campo “Descripción de la incidencia/petición”, así como adjuntar cualquier pantallazo/documento que se considere útil. Se podrán adjuntar tantos archivos como sean necesarios, con un límite de 2MB por fichero.
    • Una vez se haya cumplimentado toda la información, se pulsará sobre el botón “Crear”, en la parte inferior del formulario.

  • Seguimiento de la incidencia o consulta: Una vez abierta una incidencia o consulta, la comunicación para el seguimiento y resolución de la incidencia/petición, se gestionará vía mail (a través de la dirección que se haya indicado en el campo del formulario “Dirección de mail”). Para un correcto funcionamiento, la respuesta siempre se debe dar sobre el correo que llegue, respondiendo directamente sobre el “hilo” de la conversación con la información que corresponda.

En caso de duda a la hora de abrir la incidencia o solicitud, puedes consultar las directrices que se indican en el documento Gestión de Incidencias y Peticiones que se encuentra en el apartado ‘Ayuda’.

La integración y uso del sistema de notificación DEV (Dirección Electrónica Vial) es un trámite gratuito para todas las Administraciones.

  • Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
  • Ley 6/2014, de 7 de abril, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
  • Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las incidencias más frecuentes están relacionadas con el momento de integración a la DEV:

  • Comunicaciones: A la hora de realizar la integración, uno de los pasos es el de abrir las comunicaciones entre el emisor y el DGT. Por ello, a la hora de rellenar la plantilla, hay que tener cuidado y aportan la IP de origen correcta, evitando IPs erróneas, la dirección de la red interna privada o de equipos que no son los que se van a comunicar con la DEV.
  • Integración con los servicios: Las peticiones de integración vienen a veces incorrectas o bien con faltas en campos obligatorios (como el contenido de la multa), o con literales erróneas. Para evitar estos errores, hay que revisar la documentación para comprobar que se envían todos los campos y revisar los literales que aparecen en plantilla enviada por la DGT, dónde aparecen los literales de: ámbito del ayuntamiento, el código de organismo, el código DEV de pruebas que se debe usar en las integraciones.

¿Una vez solicitado de alta puedo comenzar a notificar directamente?

No. Cuando solicita el alta, le damos acceso a los emisores a un entorno de pruebas. Una vez han completado las pruebas, los ayuntamientos nos tienen que solicitar el paso al entorno real. En ese momento realizamos un ciclo completo de verificación, comprobando que pruebas de envío de notificaciones son correctas en todos los ámbitos. Una vez realizada dicha comprobación procedemos al alta en el entorno real para que puedan publicar.


¿Puede un ayuntamiento dado de alta en la DEV enviar notificaciones postales personas físicas o jurídicas suscritas en la DEV?

NO, en el momento de darse de alta en la DEV debe enviar notificaciones, sólo y exclusivamente por esta vía electrónica a los adscritos al sistema.

Aquellos Organismos que todavía no se han incorporado a la Dirección Electrónica Vial, podrán seguir enviando la notificación de las sanciones a través del correo postal.


¿Qué organismos pueden enviar notificaciones a la DEV en nombre de un ayuntamiento?

Las diputaciones provinciales –directamente o mediante sus organismos provinciales de recaudación- y los Cabildos Insulares son los organismos que normalmente se encargan de enviar publicaciones de notificaciones a la DEV en nombre de los ayuntamientos con los que tienen un acuerdo al respecto. No obstante también pueden hacerlo otras entidades.


¿Quién puede acceder a una notificación emitida por cualquier emisor?

Las notificaciones se ponen a disposición en buzones de los interesados o destinatarios y de sus representantes, siempre que ambos dispongan de DEV.

Los representantes se registran a través del Registro de Apoderamientos de DGT, quedando habilitados para el acceso de notificaciones puestas a disposición tanto por Tráfico como por cualquier entidad emisora que esté integrada en la DEV.


Soy una empresa que dispone de productos y servicios relacionados con las notificaciones electrónicas. ¿Puedo solicitar en Tráfico la integración de mis soluciones en la DEV?

No. Tráfico sólo atiende solicitudes realizadas directamente por administraciones públicas, de cualquier órganos, como. Las notificaciones se ponen a disposición en buzones de los interesados o destinatarios y de sus representantes, siempre que ambos dispongan de DEV.

Los representantes se registran a través del Registro de Apoderamientos de DGT, quedando habilitados para el acceso de notificaciones puestas a disposición tanto por Tráfico como por cualquier entidad emisora que esté integrada en la DEV.

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